Opinión

Renta presunta para la minería de criptoactivos en función del consumo energético

Setiembre 2021: En mi calidad de asesor tecnico del Equipo Negociador del Anexo C, presento un somero estudio describiendo y explicando las enormes y particulares características de esta industria novísima y como calzaba como anillo al dedo para la coyuntura en que se encontraba el país respecto a Itaipú. Así presenté la propuesta denominada: La Criptominería como Plan B para el excedente paraguayo ante la negociación del Anexo C. Por si hace falta decir: no recibí siquiera un acuse de recibo por parte del canciller ni el equipo negociador.

Ing. Guillermo López Flores

Abril 2022: Parece que la ANDE sí tomó nota de mi idea y ante su acuciante necesidad financiera explora la posibilidad de recibir los beneficios más obvios: consumo 24x365 días, a plena potencia, a un precio del orden de los 30 dólares x MWh más IVA, cobro mensual adelantado, con garantía contra morosidad, etc. Plazo de cinco años (renovable si hay condiciones) para no comprometer el consumo local. ¡Y todo ese negocio sin gastar un peso ni poner un clavo!.

Entonces la ANDE publica una invitación a presentar expresión de interés por la contratación de hasta 1.000 MW en 500 kV.

Junio 2022: La ANDE recibe 23 manifestaciones de interés para comprar un total de 5862 MW de potencia en lotes de 100 a 1.000 MW.

La respuesta generalizada a la criptominería fue tiroteo por parte de los medios, políticos y sobre todo los tecnopolíticos, los bancos se sintieron amenazados y boicotearon, todos bajo el argumento: las criptomineradoras no aportan nada al país. Siempre se cuidaron de no compararlo con la cesión de energía que ni IVA paga.
Para el 2022 existían dispersos por el país numerosas criptomineradoras operando, legal e ilegalmente, en el esquema 23 kV, potencia de 5 MW.

A partir de entonces, sin política ni reglas claras, con precios reajustados intempestivamente, se gestionaron y se firmaron algunos contratos de suministro a criptomineradoras en el orden de 220 kV, 100 MW. Entiendo que actualmente, de esa potencia hay una en operación y dos en construcción. Por otra parte, parece que este gobierno eliminó el suministro a nuevas criptomineradoras y las decisiones se toman a nivel de Gobierno, no de ANDE.

¿Cuánto ingresa una criptomineradora?
Los criptomineros ganan Bitcoin como recompensas por bloque y tarifas de transacción validadas por sus computadoras. Sin embargo, la volatilidad del precio de Bitcoin y la dificultad creciente de la red tienen un gran impacto en las ganancias.
Así, un computador especializado ASIC Antminer S21, hasrate 95 TH/s, que mina 0,0002 BTC/día gana $ 10,0 por día si 1BTC=$50.000. Si 1BTC cae a $ 30.000, los ingresos diarios caen a $ 6,0 por día. En el momento de escribir este artículo 1 BTC = $105.857
Fuente: Antminer S19 power consumption & profitability.
https://minerstat.com/hardware/antminer-s19

Tomando como ejemplo, una granja criptomineradora de 100 MW de potencia operando en el país puede acomodar 27.000 computadoras de 3,5 kW de potencia.

Con 1 BTC = 50.000$, tarifa 45,5 $/MWh + IVA, la granja completa producirá un ingreso bruto anual de:
Ingreso bruto anual (IBA) = 10,0 $/d x 365d x 27.000 computadoras = 98.550.500 dólares anuales, asumiendo que las variables permanecen las mismas todo el año.

Tarifa de energía: 45 $/MWh, IVA incluido.

Potencia demandada computadoras y servicios auxiliares 100 MW flat, 24 x 365 días

Gasto total de la granja (GT) = Costo de energía + 10% por gastos operativos:
GT = 100 MW x 8.760h x 45 $/MWh x 1,1 = 39.420.000 x 1,1 =43.362.000.

Utilidad anual (UA) antes de impuesto a la renta: IBA - GT = UA= 98.550.500 – 39.958.000 = $58.592.000.

Inversión: Cantidad de máquinas en la granja de 27.000 Antminer S21.

Infraestructura: Línea + subestación 100MW + edificio ventilado: $ 30.000.000.

Precio de computadoras recuperadas $ 2.500 x 27.000 = $67.500.000

Inversión total (IT): $97.500.000

Payback time: IT/UA = 97.500.000/58.592.000: 1,7 < 2 años.

Impuesto a la renta presunta
Ademas del IVA e impuestos municipales, es técnica y legalmente posible establecer un impuesto basado en una renta presunta para las operaciones de minería de Bitcoin, y una forma viable y eficiente de hacerlo es usando como base la energía eléctrica consumida. Esto se ha propuesto y en algunos casos aplicado (con variantes) en distintos países.
Renta presunta es un régimen en el que el Estado estima una ganancia potencial o implícita basada en algún parámetro físico o económico, en lugar de la contabilidad real de ingresos y costos del contribuyente.

¿Por qué usar energía como base imponible?
Porque la minería de Bitcoin:
• Tiene una relación directa entre energía consumida y BTC producidos.
• Tiende a tener baja trazabilidad financiera (wallets, intercambios descentralizados).
• Puede usar estructuras offshore o criptoactivos no declarados.
• Pero el consumo eléctrico es medible, auditado y facturable por empresas distribuidoras.

Ejemplo de "Impuesto a la renta presunta en función del consumo energético para mineros de criptoactivos".

Fórmula simplificada:
Impuesto mensual = (Energía consumida en MWh) × (Coeficiente de BTC/MWh) × (Precio promedio del BTC en USD) × (Tasa de impuesto).

Impuesto a la renta presunta de calcularse sobre el mes, por las variables que existen.

Según el ejemplo, con un impuesto 10% renta presunta sobre MWh consumida:
IR = $39.420.000 x 0,10 = $3.942.00.

Más impuestos municipales y eventual adquisición de servicios ambientales.

Es legalmente aplicable bajo ciertos principios:
• En muchos países existen regímenes de renta presunta (agro, transporte, etc.).
• Se puede crear un régimen especial para actividades de difícil fiscalización directa, como la criptominería.
• Debe aprobarse por ley y tener criterios técnicos y auditables para evitar arbitrariedades.

Antecedentes y ejemplos relevantes:
• Kazajistán: Impuesto basado en kWh consumidos (fijo por unidad de energía).
• Irán: Tarifa eléctrica diferenciada + impuestos específicos al minado.
• Noruega y Suecia: Retiro de beneficios tarifarios para centros de minería.

Ventajas
• Fácil de controlar: Basta con monitorear medidores eléctricos.
• Difícil de evadir: Si no es off-grid, toda la energía pasa por redes controladas.
• Neutral tecnológicamente: No requiere acceso a billeteras ni contabilidad digital.
• Predecible fiscalmente para el Estado.
• Estimula a las criptomineradoras a instalar sus propias fuentes renovables

Desventajas
• Minería off-grid (con energía solar o hidráulica privada) puede quedar fuera.
• Las variaciones en eficiencia de los equipos y dificultad de red pueden distorsionar el modelo.
• Potencial oposición del sector por considerarlo injusto si tienen baja rentabilidad real.

En conclusión, es perfectamente viable diseñar un impuesto sobre la renta presunta de la minería de criptomonedas en función del consumo energético. Es una forma simple, trazable y controlable de fiscalizar una actividad difícil de auditar financieramente, y varios países ya han explorado esquemas similares.